Estancia Por Estudios

¿Qué es estancia por estudios?

Es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior de noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

 

Desde la Escuela de Formación SEM te ofrecemos un curso adaptado a los requisitos exigidos por Extranjería, con certificación oficial, orientación laboral y acompañamiento personalizado durante todo el proceso.

Estudia y trabaja en España

La obtención de esta autorización no solo le permitirá realizar, ampliar o finalizar sus estudios en territorio español, sino conocer de primera mano las costumbres, la cultura, la gastronomía, el clima de España y el carácter de los españoles. Podrá conocer en persona el estilo de vida de los estudiantes en centros de enseñanza españoles y las posibilidades futuras que todo esto le ofrece.

 

Esta autorización se aplica a estancias que superen los 90 días de duración y con un máximo de un año. El solicitante, si lo necesita y cumple con los requisitos, puede solicitar una prórroga o renovación de su autorización de estancia por estudios 60 días antes de que expire la vigencia de la autorización inicial.

Requisitos para solicitar la estancia por estudios

Para obtener esta autorización es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos por la normativa de extranjería. Entre los principales se encuentran disponer de un pasaporte en vigor, carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anterior, y contar con un seguro médico sin carencias ni copagos, 

Además, es imprescindible aportar la admisión o matrícula en un centro de enseñanza autorizado en España, así como acreditar recursos económicos equivalentes al IPREM por mes (citar IPREM del 2026), por los meses que dure la formación.

¿Quién puede solicitar la estancia por estudios?

Esta autorización está dirigida a personas extranjeras que deseen formarse en un programa educativo a tiempo completo en territorio español, ya sea para obtener un título, certificado de profesionalidad o cualquier otra titulación oficial. A diferencia de otras vías de regularización como el arraigo socioformativo, la estancia por estudios no exige un periodo previo de permanencia en España, ya que está pensada precisamente para quienes inician su proceso formativo desde fuera del país.

Documentación necesaria

La solicitud debe presentarse generalmente desde el país de origen, ante el consulado o embajada española correspondiente, aunque también puede tramitarse desde territorio español en determinados supuestos. La documentación habitual incluye el formulario de solicitud, el justificante de matrícula o admisión, el certificado de antecedentes penales legalizado y, si procede, traducido, así como la justificación de medios económicos y el seguro médico correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar con una autorización de estancia por estudios?

Sí, aunque con limitaciones. La normativa permite trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia siempre que la actividad laboral sea compatible con el horario académico, con un límite máximo de 30 horas semanales.

¿Puedo renovar mi estancia por estudios?

Sí. Si necesitas continuar o ampliar tus estudios una vez finalizado el periodo inicial, puedes solicitar la renovación de tu autorización de estancia por estudios hasta 60 días antes de que expire la vigencia, siempre que sigas cumpliendo los requisitos exigidos.

¿Qué diferencia hay entre la estancia por estudios y el arraigo socioformativo?

La estancia por estudios está pensada para quienes inician su proceso formativo desde fuera de España, mientras que el arraigo socioformativo está dirigido a personas que ya residen en España de forma continuada durante al menos dos años. Ambas vías comparten el requisito de estar matriculado en un centro de enseñanza autorizado, pero responden a situaciones de partida distintas.

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