¿Se puede firmar un contrato de formación con mayores de 30 años? 

Contrato de formación en alternancia

El contrato de formación en alternancia es una modalidad contractual cada vez más utilizada por las empresas, especialmente, tras las restricciones a la temporalidad. 

Este tipo de contrato puede formalizarse por un período que va desde 3 meses hasta 2 años y ofrece un ahorro considerable, ya que conlleva diversas bonificaciones. 

¿Qué requisitos debe cumplir una persona para ser contratada con un contrato de formación?

Se puede firmar un contrato de formación en alternancia con personas de entre 16 y 29 años en los siguientes casos: 

  • Para Certificados de Profesionalidad de nivel 1 y 2. 
  • Para programas que formen parte del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo. 

Sin embargo, existen excepciones que permiten formalizar un contrato de formación con personas mayores de 30 años. 

¿Qué tipos de ayudas existen?

  1. Bonificaciones en Seguros Sociales: Reducciones en las cuotas de la Seguridad Social para la empresa. 
  2. Ayudas Directas: Subvenciones económicas por cada contrato formalizado, que varían por región y pueden aumentar si se contrata a mujeres o colectivos específicos. 
  3. Formación Bonificada: El coste de la formación del trabajador es subvencionado al 100%. 

Requisitos Clave

  • Formalizar contratos de formación en alternancia con jóvenes (normalmente menores de 30 años) inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 
  • Cumplir con las obligaciones de integración laboral de personas con discapacidad y de igualdad efectiva 

¿En qué casos se puede firmar un contrato de formación con mayores de 30 años?

Según la normativa vigente no hay límite de edad en un contrato de formación en alternancia cuando la formación está relacionada con: 

  • Certificados de Profesionalidad de nivel 3. 
  • Estudios universitarios. 
  • FP. 

Además, no hay restricción de edad para contratos de formación en alternancia celebrados con personas con discapacidad reconocida. 

Contrato de formación para mayores de 30 años con discapacidad

Los contratos de formación en alternancia celebrados con personas con discapacidad igual o superior al 33% y otras situaciones asimiladas tienen las siguientes particularidades: 

  • Se permite que hasta un 25% del tiempo de trabajo se dedique a actividades de rehabilitación, habilitación o ajuste personal o social. 
  • La oferta formativa puede ajustarse para facilitar la accesibilidad a los centros de formación, si es necesario. 

¿Es posible prorrogar el contrato de formación si el trabajador cumple más de 30 años?

Sí, es posible prorrogar un contrato de formación incluso si el trabajador cumple 30 años durante la vigencia de este. Si has firmado un contrato con una persona menor de 30 años y, durante su duración, cumple esa edad, la prórroga sigue siendo válida. 

La duración del contrato debe cumplirse sin necesidad de prorrogarlo, pero si no se ha agotado el límite máximo de 2 años y es necesario para completar la formación, se puede llevar a cabo la prórroga. 

Conclusión

Aunque el contrato de formación en alternancia está pensado principalmente para menores de 30 años, personas mayores pueden acceder si la formación está vinculada a Certificados de Profesionalidad nivel 3, FP o estudios universitarios, o si tienen discapacidad reconocida. Además, los contratos pueden prorrogarse incluso si el trabajador cumple 30 años durante su vigencia, garantizando continuidad en la formación y experiencia laboral.

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