Requisitos de la empresa para la bonificación

La bonificación del contrato de formación en alternancia representa un incentivo económico que el gobierno ofrece a las empresas para fomentar la contratación de jóvenes o trabajadores en formación, combinando trabajo práctico con educación teórica. Este tipo de bonificación permite a las empresas reducir los costos laborales asociados al contrato, haciendo más accesible la inversión en la capacitación y desarrollo de nuevos talentos dentro de la organización. 

Para acceder a esta bonificación, las empresas deben cumplir con los requisitos legales establecidos, formalizar correctamente el contrato de formación en alternancia y mantener la documentación que acredite la formación y las horas trabajadas. Aprovechar este tipo de incentivos no solo favorece la sostenibilidad financiera de la empresa, sino que también contribuye al desarrollo del capital humano, fortaleciendo la productividad y competitividad de la organización.

Que tipos de bonificaciones hay

  • Bonificación de los Seguros Sociales: El contrato de formación tiene derecho a aplicar una reducción de 119€ al mes de la Seguridad Social durante todo el tiempo que dure el contrato. Tras aplicar esta reducción, el coste final en los seguros sociales de la empresa es de 56,50€. Lo que conlleva un ahorro de 1.428€ al año. Para tener derecho a esta reducción es importante que la empresa no tenga deuda con Hacienda, ni Seguridad Social, y que la persona contratada esté inscrita como demandante de empleo. Tras el Real Decreto Ley 6/2016, esta reducción en los contratos de formación realizados a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil pasará a ser bonificación. Para poder aplicar este beneficio, debes indicar que el contrato tiene derecho a la reducción de seguros sociales, marcando la casilla Bon./Red. en tu programa de nóminas.

  • Bonificación de la Formación: La persona contratada mediante contrato de formación en alternancia recibe una formación online que imparte nuestro centro. Esta formación está 100% bonificada. El coste de la formación variará en función de las horas anuales de trabajo efectivo establecidas en el Convenio Colectivo:

    Con el contrato en modalidad de teleformación a jornada completa, durante el primer año de contrato, habrá que aplicar un 35%, que es el tiempo de formación, sobre el total de la jornada anual que indique el convenio. De esta forma, la cantidad resultante será el coste de la formación. Dividiendo esta cantidad entre 11 meses (no se incluiría el mes de vacaciones), obtendremos el importe mensual de la formación teórica, que es la misma cantidad que se deberá bonificar por un mes completo de formación.

Requisitos para la empresa

  • La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
  • No haber sido excluida de la aplicación de beneficios en los seguros sociales.
  • Contar con un plan de igualdad implantado y registrado, si la empresa está obligada a tener el plan de igualdad (LO 3/2007).
  • No haber realizado un despido reconocido improcedente o despido colectivo de un contrato bonificado en los 12 meses previos.
  • El contrato indefinido tendrá una jornada de al menos un 50%.
  • No se podrá bonificar la contratación de carácter especial o a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.

Conclusión

La bonificación del contrato de formación en alternancia permite a las empresas reducir costos laborales mientras forman nuevos talentos. Cumpliendo los requisitos legales, se obtienen beneficios económicos y se impulsa el desarrollo profesional, mejorando la productividad y competitividad de forma sostenible.

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