
Estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
No haber sido excluida de la aplicación de beneficios en los seguros sociales.
Contar con un plan de igualdad implantado y registrado, si la empresa está obligada a tenerlo según la Ley Orgánica 3/2007 (LO 3/2007).
No haber realizado un despido reconocido como improcedente ni un despido colectivo de un contrato bonificado en los 12 meses previos.
El contrato indefinido deberá tener una jornada de al menos el 50%.
El contrato indefinido deberá tener una jornada de al menos el 50%.
No se podrá bonificar la contratación de personas con carácter especial ni de familiares hasta segundo grado de consanguinidad.
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